miércoles, 27 de enero de 2016

La Asamblea Constituyente de la Ciudad de México ¿Estamos preparados para una elección exprés?


El Instituto Nacional Electoral tiene frente a sí un reto muy complicado en este año con la reciente reforma constitucional que crea el Estado 32 y obliga a la promulgación de la primera Constitución y, por lo tanto, su forzada Asamblea Constituyente de la Ciudad de México.
Dicha Asamblea estará integrada por 100 diputados constituyentes de los cuales 60 serán electos bajo el sistema electoral de representación proporcional, siendo todo el territorio de la Ciudad de México una sola circunscripción plurinominal, y por quienes votarán los ciudadanos capitalinos el próximo 5 de junio, contemplándose las candidaturas independientes, formándose con las fórmulas de candidatos una única lista de hasta 60 formulas, cuya ubicación dentro de la lista que se integre será de forma prelativa a la fecha de su registro, es decir, al azar.
Los otros 40 serán designados, 14 senadores designados por las dos terceras partes de los miembros presentes de su Cámara de adscripción a propuesta de la Junta de Coordinación Política; 14 diputados federales designados por las dos terceras partes de la Cámara de su adscripción a propuesta de la Junta de Coordinación Política; 6 designados por el Presidente de la República y los otros 6 por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal. El cargo será honorífico y no dejarán de ser senadores ni diputados federales mientras se desempeñan como diputados constituyentes.
La Asamblea Constituyente de la Ciudad de México se instalará el 15 de septiembre de 2016, fecha límite para que el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, única autoridad facultada para ello, presente ante esa Asamblea el proyecto de Constitución Política de la Ciudad de México, cuyos diputados constituyentes tendrán hasta el 31 de enero de 2017 para discutirla, revisarla, modificarla, adicionarla, votarla y aprobarla con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes presentes.
Dentro de los cambios que tendrá la Ciudad de México se encuentra que ya será parte del Constituyente Permanente de nuestro país, su techo de endeudamiento será competencia del Congreso de la Ciudad de México, las demarcaciones territoriales serán ahora Alcaldías integradas por un Alcalde y un Concejo que irá de 10 a 15 Concejales, cuya elección será en planillas y serán un candado más para evitar el gasto unipersonal del erario público asignado a dichas demarcaciones territoriales.
La Constitución Política de la Ciudad de México tendrá como primer límite su congruencia con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los temas en particular será un juego de fuerzas entre los partidos que tengan mayor representación, siendo los 60 asambleístas constituyentes electos los que habrán de darle legitimación al proceso, pues queda claro que el primer round de las distintas fuerzas políticas dentro de este proceso se dará al interior del Congreso de la Unión con sus respectivas designaciones, por lo que considero que el proyecto que presentará el Jefe de Gobierno a más tardar el 15 de septiembre de 2016, ya irá con las respectivas aprobaciones y consensos de las diferentes fuerzas políticas nacionales, por lo que, para aquellos que pensaban que el 2018 la Ciudad de México podría cambiar de color, esta Reforma Política en ciernes cambiará totalmente ese panorama.
Mtro. Raúl Campos
Director General de Asconjur, S. C.


Buen día!! #AsconjurTrabajandoEnEquipo


viernes, 22 de enero de 2016

JUSTICIA-ÉTICA… ¿BINOMIO POSIBLE?

               Anteriormente escribía que respecto de la justicia podíamos decir casi cualquier cosa de ella y siempre tendríamos razón. Bajo esa premisa es que me atrevo en esta ocasión a valorar una vinculación de la justicia con la ética; lo anterior, sin temor a ser señalado o estigmatizado, ya que hasta cierto punto dichos conceptos pueden resultar ambiguos o contradictorios.   

Continúo con el siguiente cuestionamiento: ¿es la ética una regla de vida para el ejercicio del Derecho?

La ética ha sido identificada como la disciplina que se ocupa de investigar los fenómenos morales en general que competen al conocimiento del hombre; es decir, la ética es teórica y práctica: teórica, cuando investiga sobre los fenómenos morales en general, describiéndolos tal y como son; práctica, cuando surge la meditación sobre la conducta moral que orienta a los sujetos a hacer una reflexión específica como una forma de vivir.

No obstante lo anterior, también podemos decir que la ética puede ser entendida como un conjunto de normas, reglas y preceptos que regulan las relaciones de los hombres en sociedad en el plano de lo bueno y lo malo, aunque no por ello debemos concluir que las reglas de la sociedad o de una comunidad determinada nos conducen a pensar el sentido de las leyes y la justicia como atributo posible, pero no necesario, de un orden social.
   
Ahora bien, cuando hablamos de una vinculación entre ética y justicia o ética de la justicia, nos estamos refiriendo a una ética moderna, una ética que se basa en la aplicación de principios morales abstractos, formales, que debe estar presente, por consiguiente, en el ámbito específico de actuación de los profesionales versados en Derecho. Lo anterior, procurara de aquéllos el  respeto a los principios que induzcan a una mejor realización de los fines propios o particulares de su profesión; en el caso de los abogados, no hay duda que estamos sometidos a cánones éticos y morales impuestos a nuestra actividad.    

            Bajo ese contexto, ¿es posible entender uno sin el otro?

Como ya lo manifesté en otra ocasión, es imposible (y hasta innecesario) brindar un concepto de justicia, no obstante ello, siempre ha sido vinculada a la abogacía. En su momento Eduardo J. Couture señaló en su libro Los mandamiento del Abogado que “la abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de la justicia”; sin embargo, qué tanto está puesta al servicio de la ética, el punto de divergencia se encuentra cuando se admite que en la sociedad moderna la ética adopta una conceptualización referida a las prácticas comúnmente aceptadas, lo cual no siempre podrá encuadrar con criterios de justicia en la práctica de la abogacía, máxime que vivimos en una sociedad donde cada uno sabe que tiene ciertos “derechos” por los cuales se entra en discusión con los demás.


A pesar de lo anterior, es claro que la labor del abogado es una de las profesiones que más repercusión tiene en la sociedad, y por ello, el reto constante será el de encuadrar y/o ajustar sus conocimientos y capacitación a esa necesidad social de certidumbre que pretenden los ciudadanos, en el sentido de que sus asuntos serán bien dirigidos y manejados por un profesional que actúa apegado a los valores éticos. El ideal será siempre asumir una postura de profesional consciente de sus deberes, con un conocimiento profundo de derecho, apegado a las normas y los principios generales del orden moral.

Mtro. Roberto Hernández Treviño
Director Jurídico de Asconjur, S. C.



viernes, 15 de enero de 2016

Porque nos gusta estar actualizados @SCJN

#ConRegistroFIREL #Asconjur consulta de que se trata http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5305915&fecha=08/07/2013

jueves, 7 de enero de 2016

¿Por qué y para qué debemos seguir preparando abogados?

      Para nadie es un secreto que se tiene una percepción deforme y denigrante de los abogados, ¿a qué responde ello? En gran medida es la sociedad un reflejo de la identidad de los seres humanos que la configuran; sin embargo, no es la única que nos determina. La familia, la escuela, el trabajo, por citar algunos ejemplos, son factores que intervienen en la configuración y formación de una persona.  Comprender que mientras los conflictos, el individualismo, el egoísmo y la desconfianza de las personas coexistan, los abogados seguirán siendo necesarios para la sociedad. Por ello, debemos concientizar a los aspirantes a abogados que el estudiar tal profesión no implica constituir un usufructo personal prescindiendo de la condición social o moral de las personas a quienes ofrecemos nuestros servicios.
Bajo ese contexto, estimo que es necesario reflexionar y replantear la labor formadora de abogados, que si bien es cierto suele encasillarse como una obligación innata de la escuela como la institución formal de la enseñanza tradicional, también lo es que no debemos restarle su responsabilidad a la sociedad y, en específico, a su elemento natural y fundamental, es decir, la familia.

Formación integral con base en una visión humanitaria y multidisciplinaria, actitud crítica, argumentativa y democrática, además de la necesaria y urgente inyección de valores, considero que podría ser, al mismo tiempo, la plataforma ideal de formación y la respuesta al por qué y para qué debemos seguir preparando abogados en la sociedad actual.

Desde luego no puedo negar que antes de la formación de un abogado como tal, está la formación de una persona desde que nace como ente de concentración de actitudes, aptitudes, valores, ideales, habilidades, etc., de ahí que no se le pueda cargar por completo la responsabilidad a una institución escolar de ser la causante de la existencia de abogados con deficiencias técnicas, éticas y en cuanto a conocimientos.
Bajo ese orden de ideas, es que sostengo que la escuela universitaria sigue siendo el punto de partida formal del crecimiento humano, en la medida en que sus contenidos curriculares y estrategias de aprendizaje se diseñen y orienten a la zona de desarrollo próximo de la que nos habla Vygotsky, para efectos de generar en cada uno de sus estudiantes ese potencial de desarrollo, orillándolos a realizar un esfuerzo de comprensión y de actualización, convirtiéndolos en personas más críticas y creativas que propicien las transformaciones que requiere nuestra sociedad.

Por ello, sugiero que el modelo de educación jurídica a emplearse en la formación de abogados, atienda al desarrollo de cierto tipo de competencias que se han venido dejando de lado en los aspirantes a abogados, tales como la crítica, el diálogo, la argumentación, la ponderación axiológica, la empatía; es decir, capacidades y aptitudes que le permitan a los abogados recuperar esa parte humanística que le permite desenvolverse de forma más ética y comprometida con los diferentes espacios y contextos que están en constante vinculación y conexión con la sociedad, como lo son la economía, la política, la moral, y que desempeñan un rol trascendente en el servicio que se le dé a la sociedad. Pero además, tener la firme convicción de que el Derecho no compite sino que se complementa de otras disciplinas, y en esa colaboración entre disciplinas, pugnar por la preparación de abogados enfocados también en un análisis más profundo de la realidad social en que se desempeñan y de los factores que están en juego, utilizando la multidisciplinariedad precisamente como una herramienta metodológica de investigación jurídica.
Apartándose de la tradicional preparación legalista, apunto que sería ideal insertar en los contenidos curriculares el modelo del constructivismo, porque el mismo pretende lograr que el alumno construya su propia perspectiva del mundo que le rodea, y que ello lo logre a través de sus propias experiencias, por ejemplo, lecturas previas, conocimiento previo del contenido de tesis o resoluciones judiciales en torno al tema a desarrollar, esquemas mentales que se desarrollen de la discusión en clase, y de sus propias experiencias laborales o pre-profesionales que pueda tener. Esto es, se pretende un modelo de enseñanza en el cual tanto alumnos como docente estén involucrados activamente, y que además fomente un ambiente de discusión, debate y negociación de ideas, donde el alumno sea responsable de su propio aprendizaje, el cual dependerá, en gran medida, de lo que logre construir y justificar derivado de su propia realidad, al menos de lo que logre interpretar de acuerdo a las percepciones que obtenga y se deriven de las experiencias que viva al leer, al participar activamente en la clase, y al estar en contacto con sus experiencias y con la de los demás compañeros de clase.
Finalmente, me gustaría dejar en el tintero y en la discusión, la viabilidad de institucionalizar la colegiación obligatoria de abogados, y la consecuente obligatoriedad de la certificación y recertificación de los mismos, como un candado más de certeza y nivel mayor de exigencia en la preparación de los juristas.

Reitero, formación integral con base en una visión humanitaria y multidisciplinaria, actitud crítica, argumentativa y democrática, además de la necesaria y urgente inyección de valores, considero que podría ser, al mismo tiempo, la plataforma ideal de formación y la respuesta al por qué y para qué debemos seguir preparando abogados en la sociedad actual.



Mtro. Roberto Hernández Treviño
Director Jurídico de Asconjur, S. C.