Anteriormente escribía que respecto de la
justicia podíamos decir casi cualquier cosa de ella y siempre tendríamos razón.
Bajo esa premisa es que me atrevo en esta ocasión a valorar una vinculación de
la justicia con la ética; lo anterior, sin temor a ser señalado o
estigmatizado, ya que hasta cierto punto dichos conceptos pueden resultar
ambiguos o contradictorios.
Continúo con el siguiente cuestionamiento:
¿es la ética una regla de vida para el ejercicio del Derecho?
La ética ha sido identificada como la
disciplina que se ocupa de investigar los fenómenos morales en general que competen
al conocimiento del hombre; es decir, la ética es teórica y práctica: teórica,
cuando investiga sobre los fenómenos morales en general, describiéndolos tal y
como son; práctica, cuando surge la meditación sobre la conducta moral que
orienta a los sujetos a hacer una reflexión específica como una forma de vivir.
No obstante lo anterior, también podemos
decir que la ética puede ser entendida como un conjunto de normas, reglas y
preceptos que regulan las relaciones de los hombres en sociedad en el plano de lo bueno y lo malo, aunque no
por ello debemos concluir que las reglas de la sociedad o de una comunidad
determinada nos conducen a pensar el sentido de las leyes y la justicia como
atributo posible, pero no necesario, de un orden social.
Ahora bien, cuando hablamos de una
vinculación entre ética y justicia o ética de la justicia, nos estamos
refiriendo a una ética moderna, una ética que se basa en la aplicación de
principios morales abstractos, formales, que debe estar presente, por
consiguiente, en el ámbito específico de actuación de los profesionales
versados en Derecho. Lo anterior, procurara de aquéllos el respeto a los principios que induzcan a una
mejor realización de los fines propios o particulares de su profesión; en el
caso de los abogados, no hay duda que estamos sometidos a cánones éticos y
morales impuestos a nuestra actividad.
Bajo ese
contexto, ¿es posible entender uno sin el otro?
Como ya lo manifesté en otra ocasión, es
imposible (y hasta innecesario)
brindar un concepto de justicia, no obstante ello, siempre ha sido vinculada a
la abogacía. En su momento Eduardo J. Couture señaló en su libro Los mandamiento del Abogado que “la
abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de la justicia”; sin embargo,
qué tanto está puesta al servicio de la ética, el punto de divergencia se
encuentra cuando se admite que en la sociedad moderna la ética adopta una
conceptualización referida a las prácticas comúnmente aceptadas, lo cual no
siempre podrá encuadrar con criterios de justicia en la práctica de la
abogacía, máxime que vivimos en una sociedad donde
cada uno sabe que tiene ciertos “derechos” por los cuales se entra en discusión
con los demás.
A pesar de lo anterior, es claro que la labor del abogado es una de las
profesiones que más repercusión tiene en la sociedad, y por ello, el reto constante será el de encuadrar y/o
ajustar sus conocimientos y capacitación a esa necesidad social de
certidumbre que pretenden los ciudadanos, en el sentido de que sus asuntos
serán bien dirigidos y manejados por un profesional que actúa apegado a los
valores éticos. El ideal será siempre asumir una postura de profesional
consciente de sus deberes, con un conocimiento profundo de derecho, apegado a las
normas y los principios generales del orden moral.
Mtro. Roberto Hernández Treviño
Director Jurídico de Asconjur, S. C.
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